El desarrollo social en la Ley Orgánica de Administración Pública de Nuevo León pasa de nuevo como secretaría. Sus atribuciones más importantes, por una parte, se dirigen a coordinar, ejecutar y evaluar las políticas de desarrollo social para el combate a la pobreza en beneficio de grupos o familias en situación vulnerable o de marginación rural o urbana. También le corresponde impulsar programas en materia de salud, derechos humanos, educación, cultura, de atención a la familia y de atención a la farmacodependencia, violencia intrafamiliar, población de migrantes e indígenas, beneficencia pública y privada, así como promover la equidad entre grupos más vulnerables.
La secretaría desarrolla proyectos y programas para atender la problemática social. Para la búsqueda de la eficiencia y eficacia de las políticas y programas sociales en la entidad se requiere de instituciones que estén en condiciones de llevarlo a cabo, así como un grado de transparencia. Hoy es importante asumir el reto de la co-responsabilidad con otros actores. Leyes secundarias como la Ley de desarrollo social y la Ley de fomento a las actividades realizadas por organizaciones de la sociedad civil, así como el artículo 6to de la Constitución dejan claro la exigencia de indicadores de gestión, así como las bases para el ejercicio de la contraloría social de los programas.
Se ha podido observar que los equipos promotores de los programas sociales y los sujetos “beneficiarios” de estos en la entidad forman un campo de relaciones complejas que se analizaría como parte de un proceso de estrategias de poder de parte del gobierno. De ahí la importancia de introducir la cultura del debate y monitoreo de los mecanismos de activación de los programas sociales.



